Administración de Fincas
Su Comunidad de Propietarios en buenas manos
Soy administrador de fincas colegiado por el Ilustre Colegio de Administrador de Fincas de Galicia (colegiado nº 3-1043).
La función del administrador de fincas viene especificada en el art. 20 de la Ley de Propiedad Horizontal:
Artículo 20: Funciones del administrador:
Corresponde al administrador:
- Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
- Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
- Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente o, en su caso, a los propietarios.
- Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
- Actuar, en su caso, como Secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
- Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.
De esta manera, pongo a su disposición los siguientes servicios:
-
Gestión administrativa contable
- Confección de Presupuesto anual según cuotas de participación.
- Contabilidad y control de pagos, cobros e impagados.
- Balances anuales del Ejercicio incluyendo el cierre del ejercicio y la distribución del mismo.
- Cobro de los recibos a través de cualquier entidad bancaria previa su domiciliación.
- Asesoramiento en reclamación de impagados.
-
Secretario-administrador de la comunidad
- Actuación como secretario-administrador de conformidad con las normas legales vigentes.
- Confección y envío de convocatorias a Juntas.
- Asistencia a las Juntas en calidad de secretario y asesor en todo lo concerniente a la interpretación de la Ley de Propiedad Horizontal y de la normativa de Régimen Interno o Estatutos de la Comunidad, levantando acta de los acuerdos que se adopten y notificando los mismos a los propietarios.
- Redacción de actas.
- Ejecución de los acuerdos que la Comunidad haya adoptado en junta.
- Custodia de la documentación de la Comunidad.
-
Constitución de comunidades
- Convocatoria de la Junta General de constitución de la Comunidad.
- Obtención del CIF de la Comunidad.
- Apertura y seguimiento de las cuentas bancarias de la Comunidad.
- Gestión de las altas de servicios de electricidad, agua, gas.
- Solicitud de presupuestos y formalización de los contratos de mantenimiento de instalaciones, limpieza y pólizas de seguros.
- Diligencia del Libro de Actas.
- Confección del presupuesto de constitución y establecimiento de las cuotas de inicio y mensualidades en función de las cuotas de participación.
-
Asesoramiento jurídico
- Redacción de normas de régimen interior.
- Asesoramiento jurídico en asuntos comunitarios.
- Confección y verificación de contratos con las empresas que la Comunidad vaya a relacionarse (contratos de obra, de limpieza, etc.).