HERENCIAS y SUCESIONES
DONACIONES EN VIDA
Lamentablemente nadie tiene perpetuidad en este mundo y de ahí la conveniencia de regular la situación de bienes, derechos y obligaciones que quedan al fallecimiento de una persona pues en muchas ocasiones, entre los herederos se llegan a plantear conflictos muy complejos.
Además deberá tener muy en cuenta LA MEJOR OPCIÓN FISCAL para sus descendientes o herederos, sin olvidar las PECULIARIDADES TRIBUTARIAS de cada Comunidad Autónoma.
Todo ello justifica la necesidad de acudir a un profesional especialista que le oriente y conduzca en las actuaciones a seguir tanto a la hora de disponer sobre sus bienes, como para resolver las controversias que se puedan plantear en la distribución de una herencia.
Puede ocurrir que una persona al fallecer lo haga habiendo otorgado testamento o sin haberlo hecho. Desde el punto de vista legal las diferencias son importantes pues, en el primer caso, se tratará de cumplir la voluntad del causante, mientras que en el segundo serán las disposiciones legales las que suplan esa voluntad.
Habrá que liquidar los correspondientes impuestos sobre sucesiones y hacerlo en plazo.
Los herederos podrán aceptar o renunciar a la herencia y estos son actos formales que deberán realizarse ante notario.
Tras la aceptación de la herencia deberá procederse a la partición y adjudicación de las sucesiones.
Reciba asesoramiento de este y otros temas en mi despacho.
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